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Un mal resultado médico no implica, por sí solo, un mal accionar médico. Mayo - Junio  2008

Por Dra. Ivana Bender. Abogada.
Área Legal.
Depto. de Prevención y Administración de Riesgos.
La Mutual.

Dra. Ivana Bender. Abogada. Área Legal.Depto. de Prevención y Administración de Riesgos. La Mutual.

Los reclamos por presunta mala praxis médica están al orden del día. Actualmente, la mera obtención de un resultado adverso en ocasión de asistir a un paciente, constituye uno de los principales factores de riesgo en lo que a dichos reclamos respecta.

El paciente dañado tiende a asociar cualquier mal resultado con una mala praxis. Claro que, bajo gran parte de estos planteos suele ocultarse un afán puramente económico. Teniendo fácil acceso a las herramientas necesarias para reclamar judicialmente un resarcimiento pecuniario, pareciera que poco importa poner en tela de juicio el prestigio del facultativo y del establecimiento asistencial involucrados, y mucho menos las repercusiones que ello les pudiera traer aparejado en el aspecto personal, social y patrimonial. Asimismo, la experiencia tribunalicia refleja que se interponen reclamos en materia de responsabilidad médica sin contar con un asesoramiento médico adecuado o, peor aún, éste brilla por su ausencia. En tal sentido, es común encontrarnos con demandas infundadas, que contengan reproches vagos y genéricos, e incluso razonamientos insólitos tales como que el paciente entró caminando y salió muerto, dando por sentado que la causa que desencadenó el daño no pudo haber sido otra más que un mal accionar médico.

Lamentablemente no se tiene presente que, al final de cuentas, todo ello redunda en perjuicio del paciente, ya que empuja al facultativo a ejercer una medicina a la defensiva, encarece los tratamientos y genera un mayor costo global del cuidado médico.

Lo cierto y real es que, de seguir la plataforma lógica del paciente supra descripta, habría mala praxis médica siempre que el resultado no se ajustara a las expectativas del paciente o sus familiares.

Empero, desde el punto de vista jurídico, la sola existencia de un daño no implica, sin más, causal de atribución de responsabilidad si no se prueba en forma inequívoca que el mismo tuvo nexo causal con la actuación culposa o dolosa de un profesional o de algún dependiente del sanatorio.

Ahora bien, ¿qué se debe tomar en cuenta a la hora de analizar la actuación del médico?

La culpa médica surge de un juicio comparativo entre lo obrado por el facultativo y la conducta debida por un médico de la categoría o clase a la que pertenezca tal profesional, considerando la naturaleza de la obligación, las circunstancias de persona, tiempo y lugar y la prudencia y conocimiento de las cosas que hacían a su condición (directivas éstas que emanan de los arts. 512, 902 y 909 del Código Civil).

Por un lado, existen factores que inobjetablemente exigen un mayor rigor en la valoración. No olvidemos que el médico reúne la condición de experto en un área específica del conocimiento, a quien se le confía nada más y nada menos que la salud o la vida misma del paciente, encontrándose éste en un plano de inferioridad jurídica frente a la superioridad técnica de aquél.

Sin embargo, existen otros elementos y supuestos que- según el caso- permitirán exonerar de responsabilidad al profesional y que no pueden dejar de ser considerados. Algunos de ellos son:

Obligación de medios (como regla general). El médico no se obliga a salvar la vida del paciente o a curarlo de su enfermedad ni puede garantizar resultado alguno.

Posición en que deben colocarse los peritos y el juez: ex ante y no ex post facto. Lo que debe tomarse en consideración no es un paciente dañado, tratando de reconstruir para atrás el iter de su evolución en forma inversa al acaecimiento de los hechos, sino que quien pretende formarse un juicio debe colocarse en el día y hora en que el profesional debió tomar una decisión, ver cuál era entonces el cuadro del enfermo, cuáles eran los elementos con los que contaba o podía contar el médico y cuáles las opciones posibles (“F. P. Osvaldo y otro c/ INSSJP y otros s/ Daños y Perj.-Resp. Prof. Médicos y Aux.”-CNCiv-Sala F-07/11/01).

Limitaciones de la Ciencia Médica. No debe perderse de vista que también la ciencia médica tiene sus limitaciones, y que en el tratamiento clínico o quirúrgico de las enfermedades existe siempre un álea que escapa al cálculo riguroso o a las previsiones más prudentes y, por ende, obliga a restringir el campo de la responsabilidad (CSJN- marzo 29-1984-González Oronó de Leguizamon, Norma M c Federación de Trabajadores Jaboneros y Afines-ED,108-515 y LL, 1984-B-389).

Discrecionalidad de la estrategia terapéutica: derecho propio de todo médico a efectuar la libre y prudente elección del método terapéutico adecuado para la atención del paciente.
Si habiendo optado por un método, resulta que el elegido no era el más indicado, ello por sí solo no puede comprometer la responsabilidad del médico en la medida en que el tratamiento aplicado haya estado dentro de los aconsejados por la ciencia médica.

Error excusable. El médico puede incurrir en un fallo de apreciación o cálculo (error) en relación al diagnóstico o tratamiento, el que, estando razonablemente justificado en virtud de lo opinable de la ciencia médica, límites que la misma tiene, etc., no puede constituir causal de atribución de responsabilidad. En cambio, será reprochable su conducta si, existiendo probabilidades de equivocarse, no las investiga y corrige, persistiendo en el error.

Opiniones divididas sobre un problema médico: Numerosas citas doctrinarias y precedentes jurisprudenciales han coincidido en que la culpa comienza donde terminan las discusiones científicas.

Iatrogenia (el caso fortuito de la medicina): es el daño accidental, estadísticamente previsible, pero fácticamente inevitable, que conllevan en proporciones variables las prácticas y tratamientos médicos (Costa, La interrupción del nexo causal en la responsabilidad médica, ED, 159-1043).

En conclusión, deviene improcedente juzgar el accionar médico en función de los resultados obtenidos, pues el éxito en la prestación del servicio médico depende de un sinnúmero de factores impredecibles.
 

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