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Panel: Responsabilidad profesional médica

La mesa fue presentada por el Dr. Rafael Acevedo, Editor Ajunto de Argentina Praxis Médica, y abogado Coordinador Legal y Técnico de La Mutual. Los disertantes invitados fueron el Dr. Roberto Vázquez Ferreyra (Abogado, ex Juez de Distrito Civil y Comercial), el Dr. Ricardo Li Rosi (Juez de Cámara en lo Civil), el Dr. Alfredo Achaval (Presidente del Colegio de Peritos Médicos), quienes estuvieron bajo la coordinación del Dr. Miguel Schiavone (Viceministro de Salud de la Ciudad de Buenos Aires). El tema abordado fue: “Cómo evaluar el error médico. El juicio por responsabilidad médica. Valuación de los daños. Tendencias.”

El coordinador de la mesa, Viceministro Miguel Schiavone, destacó como uno de los pilares de riesgo que condicionan la práctica profesional en la salud al incesante aumento de las acciones judiciales por responsabilidad profesional médica, junto al error en medicina y la práctica defensiva como consecuencia del temor ante posibles demandas judiciales. También destacó el innecesario aumento de los costos que acarrea este problema y que termina por reflejarse en cierto deterioro de la calidad prestacional.

En su exposición el Dr. Vázquez Ferreyra destacó: “Si alguna conclusión tenemos que sacar de todo esto es no judicializar tanto la relación médico-paciente, preservar el diálogo fundamentalmente que siempre tiene que estar presente. Y también hay que tener en cuenta que nunca jamás puede haber responsabilidad civil médica si el daño del paciente no tiene como causa inmediata o mediata en una conducta culpable del médico. Y la prueba, tanto de la culpa profesional como de la relación de causalidad, sigue estando en cabeza del que reclama la indemnización, del paciente, de los familiares de la víctima, etc. Esa sigue siendo la regla general, la prueba de la culpa. Y además también hay que tener presente que no todo error profesional es configurativo de culpa”.

El Dr. Ricardo Li Rosi dedicó su disertación a hablar del rol del Juez. Entre los ejes centrales de lo expuesto, sostuvo: “Este es un problema que nos excede a los tribunales. Un inconveniente que tenemos es que hay prueba científica involucrada, y esto para los jueces es un problema. Primero tenemos que entender qué es lo que se discute, y esto no siempre es sencillo. Los abogados tienen una ventaja, pueden especializarse en el tema, estudiarlo semanas, meses, años, ya que el único plazo que no debe dejar pasar es el de la prescripción. Y no solamente tenemos un problema con entender qué es lo que está pasando en los tribunales, sino que además tenemos una prueba científica involucrada y acá viene el asunto de que hay ‘ciencia mala y ciencia buena’. Aquel que quiere enturbiar lo sucedido hace ingresar una ‘ciencia mala’ para confundirlo al Juez, y ahí viene todo el tema de la responsabilidad por los actos médicos. Las estadísticas dicen que solamente el 6 por ciento de los casos en Capital Federal, en el Fuero Civil al cual yo pertenezco, son proveidas favorablemente. Esto no quiere decir que el 94 por ciento restante no va a estar afligido durante los 2 a 5 años que dura el pleito; lo segundo es que tampoco creamos que el 94 por ciento son inocentes: no se les pudo probar la responsabilidad, que es otra cosa. Es decir, salvo que el caso sea grosero normalmente no es condenado”.
Sobre la formación de los jueces que atienden pleitos de responsabilidad profesional médica, el Juez Li Rosi opinó: “Un punto crucial es ‘acercar a los jueces a las ciencias’… porque lo peor que puede pasar en un pleito es un Juez sin información, porque donde no prevalece la información, prevalece el prejuicio. El rol de las Sociedades Científicas es colaborar con los tribunales, pero no para hacer pericias sino para explicarle al Juez lo que tiene que entender para luego leer la pericia o escuchar los testimonios y entenderlos. Y también está el tema de la falta de diálogo, que no solamente es una falta ética sino estética. Es como hablarle al otro sin mirarlo a los ojos”. Finalmente, y para concluir agregó: “Los temas de desarrollo son muchos y el desafío es muy grande. Y una de las cosas que uno debería decir como aporte para la solución es que tal vez una de las situaciones de incomprensión que los médicos y las instituciones médicas viven en los tribunales es un poco el producto de esa falta de diálogo entre el paciente y el médico. Luego sigue en la falta de diálogo del sistema judicial y quienes están, bien o mal, sometidos a él. Entonces el trabajo nuestro en la Academia Judicial es un gran esfuerzo para entablar ese diálogo con la sociedad civil, en este caso con los profesionales médicos en particular porque creo que ese conocimiento mutuo es sustancial. No se puede valorar lo que no se conoce”.

El último invitado del panel fue el Dr. Alfredo Achaval, quien abordó el tema de la ‘la chance, la posibilidad de la evaluación del daño’ y dijo: “Este tema tiene la problemática de ser actual, en cuanto al hecho, y ser futuro en cuanto al daño a esperar. Es independiente del lucro cesante, es una concepción distinta y que está muy relacionada con el error profesional… El error profesional hoy ya no es el de antes, esa culpa que se señalaba como grave. Hoy ya es el error porque está la vida del otro, la lesión del otro, es el error común, el habitual, en el que podemos incurrir todos y al que no tenemos que incurrir cuando estamos frente a la diligencia necesaria para atender a un paciente. La pérdida de chances de ganancias es una categoría autónoma del daño resarcible. Se la debe considerar como la pérdida de posibilidad de ganancias, o evitación de un perjuicio o pérdida de ventaja de la que se gozaba. Es en principio posibilidad frustrada pero adquiere en la prueba suficiente fundamentación e identidad pese a que ocurra en el futuro, la causa de la misma está ya en el presente. Lo cierto es que integra las facultades de actuación del sujeto y constituye un daño aunque la estimación de la medida resulte dificultosa o sea probabilística”. Seguidamente se explayó sobre las características de los errores médicos más comunes, entre los que citó: “Lo que más vemos es el diagnóstico tardío que quita posibilidad de vida útil al paciente. El error de diagnostico asociado con la falta de diligencia es el que interesa más que nada desde el punto de vista judicial sobre todo en los casos en donde una infección avanza y no se tomó una medida adecuada. Finalmente destacó la importancia del consentimiento informado sobre el que remarcó: “El consentimiento para ser válido tiene que ser una expresión adecuada al caso y formar parte de la historia clínica porque de lo contrario es una mentira, es hacerle creer al paciente que va a ser protegido de una determinada manera que en realidad no es así”.

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